¿Cómo abordan las leyes de Nueva Jersey la violencia doméstica contra personas mayores o con discapacidades?
¿Cómo abordan las leyes de Nueva Jersey la violencia doméstica contra personas mayores o con discapacidades?
Las leyes de Nueva Jersey abordan específicamente la violencia doméstica contra personas mayores y personas con discapacidades, reconociendo su mayor vulnerabilidad y la necesidad de protecciones y recursos adicionales.

Definición amplia de violencia doméstica: Las leyes de Nueva Jersey Violencia Doméstica Ley de manera amplia, incluyendo no solo el abuso físico sino también el abuso emocional, sexual, económico y el abandono intencional. Esto es particularmente importante para las personas mayores y discapacitadas, quienes pueden ser más propensas a sufrir formas de abuso que no dejan marcas físicas visibles.

  1. Protecciones adicionales en órdenes de restricción: Además de las disposiciones estándar en las órdenes de restricción, las leyes permiten incluir protecciones adicionales para las víctimas mayores o discapacitadas. Esto puede incluir prohibir al abusador tener acceso a las finanzas o propiedades de la víctima, impedir que el abusador ingrese a una instalación de cuidado o refugio, y ordenar servicios de apoyo específicos.

  2. Consideraciones de capacidad en procedimientos legales: Las leyes reconocen que algunas personas mayores o con discapacidades pueden tener capacidades limitadas para participar en procedimientos legales. Por lo tanto, se establecen protocolos para evaluar la capacidad de la víctima y proporcionar adaptaciones o representación legal adecuada cuando sea necesario.

  3. Capacitación especializada para profesionales: Los proveedores de servicios, fuerzas del orden público, trabajadores sociales y otros profesionales que trabajan con víctimas de violencia doméstica deben recibir capacitación especializada sobre el abuso contra personas mayores y discapacitadas. Esto incluye comprender las dinámicas únicas de estos tipos de abuso y cómo responder de manera efectiva.

  4. Servicios y alojamiento accesibles: Las leyes exigen que los refugios y servicios para víctimas de violencia doméstica sean accesibles para personas con discapacidades físicas o cognitivas. Esto puede implicar instalaciones con acceso para sillas de ruedas, servicios de interpretación o adaptaciones para víctimas con discapacidades sensoriales o intelectuales.

  5. Equipos de respuesta multidisciplinarios: Se fomenta el uso de equipos de respuesta multidisciplinarios que incluyan profesionales de diferentes áreas, como fuerzas del orden, servicios de protección para adultos, trabajadores sociales y personal médico. Estos equipos coordinados pueden abordar mejor las complejidades del abuso contra personas mayores y discapacitadas.

  6. Programas de prevención y concientización: Las leyes promueven el desarrollo de programas de prevención y concientización pública sobre el abuso contra personas mayores y discapacitadas. Estos esfuerzos buscan educar a la comunidad, reducir el estigma y brindar información sobre los recursos disponibles.

  7. Sanciones más severas para delitos contra víctimas vulnerables: En algunos casos, las leyes de Nueva Jersey establecen sanciones más severas para los delitos de violencia doméstica cometidos contra víctimas mayores o con discapacidades, reconociendo su mayor vulnerabilidad y la gravedad del abuso.

Si bien aún queda trabajo por hacer, estas disposiciones legales buscan brindar protecciones adicionales y garantizar el acceso a servicios y recursos adaptados a las necesidades específicas de las personas mayores y discapacitadas que enfrentan la violencia doméstica en Nueva Jersey.





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